Varios servicios perderían beneficios del IVA.
Varios servicios perderían beneficios del IVA. Adobe Stock

La iniciativa radicada en el Congreso propone nuevos impuestos, modificaciones al IVA y al impuesto de renta, mayores aportes a salud y un recorte del gasto público. Aunque contempla beneficios para hogares vulnerables y empresas, su aprobación todavía está pendiente.

La denominada Ley de Rescate Económico llegó al Congreso con una propuesta de reorganización de las finanzas públicas que podría modificar las obligaciones tributarias de ciudadanos, trabajadores y empresas en Colombia. El proyecto, radicado el 29 de octubre de 2026 por el Ministerio de Hacienda, contiene 106 artículos y plantea combinar una reducción del gasto estatal con nuevos mecanismos de recaudo e incentivos económicos.

La iniciativa, identificada como Proyecto de Ley 477 de 2026 Cámara, busca estabilizar las finanzas públicas, reducir el déficit fiscal, promover la inversión y fortalecer los controles contra la evasión y el contrabando. Sin embargo, varias de sus disposiciones tendrían efectos directos sobre el costo de vida, los ingresos de los trabajadores y las obligaciones de diferentes sectores productivos.

Es importante precisar que se trata de un proyecto de ley y no de una reforma ya aprobada. Por tanto, las medidas podrían cambiar durante su discusión legislativa.

1. Cambios en el IVA: más productos y servicios podrían pagar el 19 %

Uno de los puntos más relevantes es la modificación de los bienes y servicios excluidos o gravados con tarifas diferenciales del impuesto al valor agregado (IVA).

La propuesta plantea eliminar algunos tratamientos preferenciales, de manera que productos que actualmente están excluidos o tienen una tarifa reducida podrían pasar a pagar el 19 %. Entre los bienes mencionados se encuentran computadores, celulares, tabletas, bicicletas y determinados insumos agropecuarios.

También se contemplan cambios para servicios como internet residencial en estrato 3, telefonía, computación en la nube, alojamiento web, licencias de software y entradas a ciertos espectáculos culturales y deportivos.

La iniciativa mantiene tratamientos especiales para servicios considerados esenciales, entre ellos salud, educación, transporte público, arrendamiento de vivienda y servicios públicos domiciliarios. De acuerdo con el articulado, los principales cambios en esta materia comenzarían a regir desde el 1.º de enero de 2028.

2. Devolución del IVA para hogares en condición de pobreza y vulnerabilidad

Como mecanismo de compensación frente a la ampliación de la base gravable del IVA, el proyecto propone crear el programa denominado Devolución EfectIVA.

La iniciativa busca devolver parte o la totalidad del impuesto pagado por determinados hogares y personas, según su clasificación socioeconómica. El esquema contempla una devolución del 100 % para quienes se encuentren en pobreza y porcentajes parciales para sectores vulnerables.

El propósito es reducir el impacto de los nuevos gravámenes sobre la población con menores ingresos. No obstante, el alcance real del beneficio dependerá de los criterios de focalización, los mecanismos de identificación de beneficiarios y las condiciones que finalmente queden establecidas en la ley.

Se subiría la tarifa del IVA para carros eléctricos.
Se subiría la tarifa del IVA para carros eléctricos, pero se ampliarían los hogares que reciben devolución de dicho impuesto. Adobe Stock y Getty

3. Mayores aportes a salud para trabajadores y empleadores

Otro de los cambios planteados está relacionado con las cotizaciones al sistema de salud. Actualmente, los trabajadores dependientes aportan el 4 % de su salario al régimen contributivo. El proyecto propone establecer tarifas diferenciadas según los ingresos, con porcentajes que podrían ubicarse entre el 4 % y el 8 %.

También se plantean modificaciones a los aportes que realizan los empleadores, con tarifas que podrían aumentar frente al porcentaje general vigente, aunque se contemplan exoneraciones para determinados casos.

La propuesta, además, incluye ajustes a las obligaciones parafiscales destinadas al Sena y al ICBF, así como a determinadas cotizaciones de salud, para empleadores que cumplan las condiciones previstas en el articulado.

Estos cambios podrían modificar los costos laborales de las empresas y el ingreso disponible de algunos trabajadores, dependiendo de su nivel salarial y de las reglas que finalmente se aprueben.

4. Aumentos en el impuesto de renta para personas naturales

El proyecto también contempla una modificación de los umbrales y tarifas del impuesto de renta para personas naturales. La propuesta busca que más contribuyentes comiencen a tributar y que quienes tengan ingresos gravables más altos enfrenten tarifas marginales superiores.

Uno de los cambios planteados consiste en reducir el umbral de renta líquida gravable a partir del cual se empieza a pagar el impuesto. El texto divulgado por SEMANA señala que pasaría de 1.090 UVT a 720 UVT anuales.

También se propone modificar los rangos de aplicación de las tarifas marginales, incluida la tarifa máxima del 39 %, y reducir el límite de una de las exenciones aplicables a los ingresos laborales.

En consecuencia, algunos trabajadores y contribuyentes de ingresos medios y altos podrían terminar pagando más impuesto de renta. El efecto individual dependerá de los ingresos, las deducciones, las rentas exentas y las demás condiciones tributarias de cada persona.

5. Reducción gradual del impuesto de renta para algunas empresas

En contraste con los cambios que aumentarían la carga tributaria de ciertos trabajadores y consumidores, la iniciativa plantea reducir la tarifa general del impuesto de renta para las personas jurídicas.

La propuesta contempla bajar la tarifa del 35 % al 33 % para el año gravable 2027 y al 31 % a partir de 2028. El objetivo sería mejorar las condiciones para la actividad empresarial, estimular la inversión y favorecer la competitividad.

Sin embargo, el beneficio no aplicaría de la misma manera para todos los sectores. Algunas entidades financieras, aseguradoras y empresas vinculadas con determinados mercados conservarían sobretasas, por lo que su tributación sería superior a la tarifa general propuesta.

6. Modificaciones al impuesto al patrimonio

El impuesto al patrimonio también tendría cambios importantes. El proyecto propone elevar el umbral a partir del cual se genera la obligación tributaria, pasando de 72.000 UVT a 95.500 UVT.

De acuerdo con los valores de referencia para 2026, esto significaría que el impuesto comenzaría a aplicarse sobre patrimonios gravables superiores a aproximadamente 5.002 millones de pesos. La propuesta establece tarifas progresivas para los rangos superiores y contempla que el tributo tenga vigencia durante los años gravables 2027, 2028, 2029 y 2030.

De aprobarse, la modificación reduciría el universo de personas obligadas frente al umbral actual, aunque mantendría el gravamen para quienes tengan patrimonios por encima de los nuevos límites.

El proyecto busca bajar las tarifas del impuesto de renta.
El proyecto busca bajar las tarifas del impuesto de renta que pagan las empresas, con excepción de las del sector financiero, que mantendrían una sobretasa. Colprensa

7. Recorte del gasto público y reducción de la estructura estatal

Uno de los ejes centrales de la Ley de Rescate Económico es disminuir los gastos de funcionamiento del Estado. Para ello, el Gobierno propone reducir gastos de personal, limitar la contratación por prestación de servicios y restringir rubros como publicidad oficial, viajes, viáticos, vehículos y otros gastos administrativos.

Entre las metas divulgadas se encuentra una reducción gradual del 20 % de los gastos de personal hacia 2030, además de medidas para disminuir la contratación de servicios personales y de apoyo a la gestión.

El proyecto también contempla facultades extraordinarias para que el presidente pueda reorganizar entidades del orden nacional, lo que incluiría la posibilidad de fusionar, suprimir o modificar organismos públicos durante un periodo determinado.

Estas disposiciones podrían tener consecuencias sobre la estructura administrativa del Estado y la vinculación de contratistas y empleados públicos. Su alcance dependerá de las condiciones que establezca el Congreso y de las decisiones que se adopten durante su eventual implementación.

8. Incentivos tributarios para grandes proyectos de inversión

La propuesta también incorpora el Régimen Único para Generar Estabilidad Empresarial (RUGE), un mecanismo dirigido a atraer nuevos proyectos de inversión que cumplan determinados requisitos de monto, actividad económica y ejecución.

El régimen contempla beneficios tributarios para proyectos que alcancen los niveles de inversión establecidos, así como condiciones especiales relacionadas con el impuesto de renta, los dividendos y la depreciación de activos.

Los montos mínimos variarían según el sector económico. Se contemplan umbrales específicos para infraestructura, energía, recursos naturales, industria, economía digital, agroindustria, turismo y servicios.

Con esta medida, el Gobierno busca promover la llegada de capital, estimular la creación de empresas y generar condiciones de estabilidad para proyectos de gran escala. No obstante, los incentivos estarían sujetos al cumplimiento de los requisitos y compromisos previstos en el proyecto.

9. Más impuestos para licores, cigarrillos y bebidas azucaradas

El paquete tributario también incluye modificaciones a los impuestos al consumo de bebidas alcohólicas y productos derivados del tabaco.

Para los licores, vinos y bebidas similares, se plantea aumentar el componente específico del impuesto y elevar el porcentaje aplicado sobre el precio de venta. En el caso de los cigarrillos, se proponen incrementos en el gravamen por cajetilla, además de nuevos componentes sobre el precio comercial.

La iniciativa también contempla impuestos para bebidas ultraprocesadas endulzadas, incluidos productos líquidos y algunas presentaciones en polvo, concentrados y jarabes que contengan azúcares añadidos o edulcorantes.

Estos ajustes podrían reflejarse en los precios finales de los productos, aunque el impacto dependerá de las tarifas aprobadas, las condiciones de aplicación y la forma en que los productores y comerciantes incorporen los nuevos costos.

10. Más controles contra la evasión y el contrabando

El último componente destacado busca fortalecer la capacidad de fiscalización de las autoridades tributarias y aduaneras. Para ello, el proyecto propone implementar un plan nacional contra la evasión y el contrabando, ampliar el intercambio de información entre entidades y fortalecer las herramientas tecnológicas de seguimiento.

También se plantean mayores controles sobre la facturación electrónica, sanciones para establecimientos que incumplan sus obligaciones y medidas frente a la expedición irregular de facturas.

La iniciativa busca mejorar el recaudo sin depender exclusivamente de nuevos impuestos, mediante una supervisión más estricta de las actividades económicas y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La DIAN tendría un papel central en la aplicación de estas medidas, que pretenden reducir la evasión, combatir la informalidad y cerrar espacios utilizados para eludir el pago de impuestos.

Un proyecto que podría cambiar las obligaciones tributarias en Colombia

La Ley de Rescate Económico reúne propuestas que tendrían efectos distintos según el nivel de ingresos, el patrimonio, la actividad económica y las condiciones laborales de cada ciudadano o empresa.

Por una parte, plantea aumentar el recaudo mediante modificaciones al IVA, los impuestos al consumo, las cotizaciones de salud y el impuesto de renta para determinados contribuyentes. Por otra, propone reducir la tarifa general de renta empresarial, ofrecer incentivos a grandes inversiones y devolver parte del IVA a hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad.

El componente de austeridad también abre un debate sobre el tamaño del Estado, la contratación pública y las facultades que tendría el Ejecutivo para reorganizar entidades.

La discusión en el Congreso será determinante para establecer cuáles de estas medidas se mantienen, cuáles se modifican y cuáles finalmente entran en vigor. Mientras tanto, los cambios anunciados deben entenderse como propuestas y no como obligaciones tributarias vigentes para los colombianos.