Generadores Térmicas
Generadores Térmicas SIC

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) solicitó información a nueve empresas generadoras de energía térmica para verificar posibles incumplimientos en la entrega de electricidad al Sistema Interconectado Nacional y determinar si existen condiciones que puedan afectar la libre competencia económica. La actuación, anunciada el 28 de octubre de 2026, se desarrolla en medio de las preocupaciones por el abastecimiento energético de Colombia ante el fenómeno de El Niño.

El requerimiento está a cargo de la Delegatura para la Protección de la Competencia y busca recopilar información sobre las circunstancias en las que se habrían presentado dificultades para generar y entregar la energía comprometida.

La entidad explicó que la disponibilidad de electricidad y su entrega oportuna son fundamentales para el funcionamiento del mercado y para atender la demanda nacional. Por ello, busca establecer si existen situaciones que puedan comprometer las reglas de competencia o afectar la operación normal del sistema eléctrico.

La solicitud no implica que las nueve empresas hayan sido declaradas responsables de incumplimientos. Hasta el momento, la SIC no ha divulgado los nombres de las compañías requeridas ni ha anunciado la apertura de una investigación formal o la imposición de sanciones.

¿Por qué están bajo revisión las generadoras térmicas?

Las plantas térmicas desempeñan una función importante dentro del sistema eléctrico colombiano, especialmente cuando disminuye la generación hidroeléctrica por la reducción de las lluvias y los niveles de los embalses.

Colombia depende en buena medida de la generación hidroeléctrica. En periodos de sequía, las centrales térmicas pueden contribuir a compensar la menor disponibilidad de agua y ayudar a mantener el equilibrio entre la oferta y la demanda de electricidad.

Por esa razón, la disponibilidad de estas plantas y su capacidad para cumplir los compromisos de generación adquieren especial relevancia durante episodios climáticos asociados con El Niño.

La revisión de la SIC busca establecer las circunstancias que podrían explicar las diferencias entre la energía comprometida y la efectivamente entregada. Para ello, será necesario examinar la información técnica y operativa de las empresas, así como las condiciones particulares en las que se hayan presentado posibles incumplimientos.

No obstante, una diferencia entre la energía prevista y la generada no demuestra por sí sola una conducta contraria a la libre competencia. La evaluación debe considerar las obligaciones aplicables, las condiciones operativas y las explicaciones que presenten los agentes del mercado.

Las cifras que encendieron las alertas

La intervención de la SIC se produjo después de que el presidente Abelardo de la Espriella solicitara revisar el comportamiento de las generadoras eléctricas.

En una alocución del 25 de octubre, el mandatario afirmó que la generación de energía se encontraba alrededor de 83 gigavatios-hora diarios, frente a obligaciones que, según sus declaraciones, ascendían a 118 gigavatios-hora diarios. También señaló que el Gobierno había solicitado una generación mínima de 95 gigavatios-hora diarios.

Estas cifras fueron presentadas por el Ejecutivo para justificar la necesidad de revisar el cumplimiento de los compromisos del sector.

La generación térmica, sin embargo, debe analizarse dentro de su contexto técnico y regulatorio. Para determinar si una empresa incumplió sus obligaciones no basta con comparar una cifra agregada de generación con una meta general: es necesario examinar las obligaciones específicas de cada agente, los periodos evaluados y las condiciones que afectaron su operación.

Por ahora, la información divulgada no permite atribuir las diferencias señaladas a una empresa concreta ni establecer que hayan sido consecuencia de una conducta ilegal.

Dos entidades, competencias diferentes

La actuación de la SIC se suma a las medidas de seguimiento anunciadas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que también informó que reforzaría las visitas de inspección y las acciones de vigilancia sobre las generadoras.

Aunque ambas entidades pueden intervenir en asuntos relacionados con el sector energético, sus funciones no son idénticas.

La SIC es la autoridad nacional encargada de proteger la libre competencia económica. En este caso, busca determinar si existen conductas o circunstancias que puedan comprometer las reglas que rigen el mercado eléctrico.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, por su parte, ejerce funciones de inspección, vigilancia y control sobre las empresas prestadoras de servicios públicos. En el contexto actual, anunció que revisaría el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el cargo por confiabilidad.

Este cargo es un componente del mercado eléctrico diseñado para remunerar la disponibilidad de energía firme cuando el sistema la necesita, incluso en condiciones críticas. Su propósito es contribuir a que el país disponga de recursos suficientes para atender la demanda.

La revisión de estas obligaciones es relevante porque los usuarios pagan por mecanismos destinados a fortalecer la confiabilidad del suministro. Sin embargo, la existencia de ese cargo no significa que todas las diferencias de generación constituyan automáticamente un incumplimiento sancionable: cada situación debe evaluarse con base en las reglas aplicables.

¿Qué puede pasar después del requerimiento?

La SIC deberá analizar la información solicitada y determinar si existen elementos que justifiquen actuaciones adicionales dentro de sus competencias.

Si encuentra indicios suficientes de posibles infracciones al régimen de libre competencia, podrá evaluar las medidas procedentes conforme al marco legal. Si la información no sustenta una conducta contraria a esas normas, las conclusiones deberán reflejarlo.

La entidad no ha anunciado públicamente una lista de las nueve generadoras involucradas ni ha establecido responsabilidades individuales. Tampoco ha informado que se hayan impuesto sanciones como resultado de este requerimiento.

Por eso, el proceso debe entenderse como una etapa de recopilación y evaluación de información, no como una declaración de culpabilidad.

Los resultados de la revisión podrían aportar elementos para comprender las dificultades de generación y entrega de energía que han motivado las preocupaciones del Gobierno y de las autoridades del sector.

El reto de garantizar el abastecimiento energético

El episodio vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de coordinar la generación, la regulación y la vigilancia del mercado eléctrico colombiano.

Ante condiciones climáticas que pueden reducir la disponibilidad de recursos hídricos, las autoridades deben contar con información suficiente para evaluar la capacidad efectiva de generación y anticipar riesgos para el suministro.

Al mismo tiempo, las empresas deben cumplir las obligaciones que les correspondan y explicar las circunstancias que puedan afectar su operación. La transparencia en los datos y la claridad sobre las responsabilidades son fundamentales para evaluar el desempeño del sistema.

Para los consumidores, el objetivo central es que la electricidad esté disponible cuando se necesita y que el mercado funcione bajo reglas claras. Las conclusiones de la SIC y las actuaciones de las demás autoridades permitirán determinar si las situaciones detectadas requieren medidas adicionales.

Por ahora, la revisión de las nueve generadoras constituye una actuación preventiva y de control cuyo resultado dependerá de la información recopilada. El desafío será esclarecer las posibles dificultades de suministro sin anticipar responsabilidades que todavía no han sido establecidas.