El exgoberndor de La Guajira Juan Francisco Gómez Cerchar
El exgoberndor de La Guajira Juan Francisco Gómez Cerchar fue condenado por ordenar el asesinato del concejal de Barrancas, Luis López Peralta. Colprensa

El exgobernador de La Guajira busca dejar sin efecto la sentencia que lo declaró responsable del homicidio del concejal Luis Gregorio López Peralta. Su abogado alega presuntas vulneraciones al debido proceso y cuestiona la valoración de las pruebas.

Una nueva acción judicial podría abrir otro capítulo en el proceso penal contra el exgobernador de La Guajira Juan Francisco Gómez Cerchar, conocido como 'Kiko' Gómez. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia admitió una tutela presentada por su defensa, con la que busca dejar sin efecto la condena de 31 años de prisión que le impuso la Sala de Casación Penal por el homicidio agravado del concejal de Barrancas, Luis Gregorio López Peralta.

La información fue revelada por la revista Semana, que tuvo acceso al recurso presentado por el abogado Felipe Criollo. La acción constitucional está dirigida contra la decisión que tomó la Sala Penal en abril de 2026, cuando revocó la absolución que había emitido en segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá y declaró responsable al exmandatario departamental.

La admisión de la tutela significa que la Corte estudiará los argumentos expuestos por la defensa. Sin embargo, no representa una anulación de la condena ni implica que Gómez haya recuperado su presunción de inocencia o su libertad. La decisión de fondo todavía está pendiente.

¿Por qué Kiko Gómez busca dejar sin efecto la condena?

El principal argumento de la defensa es que la sentencia de la Sala de Casación Penal habría vulnerado derechos fundamentales de su representado, entre ellos el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad personal.

En el documento, el abogado Felipe Criollo cuestiona la valoración de las pruebas que llevaron a la Corte a concluir que Gómez tuvo responsabilidad en el asesinato del concejal. Según la defensa, no existirían elementos suficientes para establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que presuntamente se habría ordenado el crimen.

Uno de los puntos centrales del recurso está relacionado con la ausencia de testimonios directos sobre la supuesta orden de asesinato. La defensa sostiene que una testigo y familiares de la víctima no habrían presenciado directamente esa instrucción, sino que habrían conocido la información a través de comentarios atribuidos a fuentes anónimas.

El abogado considera que esas declaraciones no serían suficientes para sustentar la responsabilidad penal de su defendido.

La defensa también cuestiona la identificación de los autores materiales

Otro de los aspectos planteados en la tutela tiene que ver con la identificación de las personas que ejecutaron el homicidio.

De acuerdo con los argumentos presentados por Criollo, la Fiscalía manejó hipótesis sobre la posible participación de alias Brayas y Carevieja, pero, según la defensa, esas líneas de investigación habrían sido descartadas por las pruebas del proceso.

El recurso cuestiona que no se hubiera identificado plenamente a los sicarios que dispararon contra el concejal y plantea que esa circunstancia debía ser tenida en cuenta al evaluar la responsabilidad atribuida al exgobernador.

La defensa también controvierte la forma en que la Sala Penal examinó la decisión absolutoria del Tribunal Superior de Bogotá. En particular, cuestiona que la Corte hubiera señalado una supuesta fragmentación en la valoración probatoria del tribunal sin explicar, según su interpretación, de manera suficiente cuál fue el error concreto cometido.

Estos planteamientos corresponden a la posición de la defensa y deberán ser examinados por los magistrados encargados de resolver la tutela.

La condena fue emitida en abril de 2026

El proceso contra Gómez Cerchar tuvo un giro importante en abril de 2026, cuando la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema revocó la absolución que había obtenido en segunda instancia y lo condenó a más de 380 meses de prisión, equivalentes a más de 31 años.

La decisión lo encontró responsable del homicidio agravado de Luis Gregorio López Peralta, concejal del municipio de Barrancas, en La Guajira. El crimen ocurrió el 2 de abril de 2008, según la información publicada por Semana.

En esa sentencia, la Corte también cuestionó la prolongada inactividad del proceso por parte del Tribunal Superior de Bogotá, que habría mantenido el expediente sin movimiento durante siete años.

La condena representó un cambio sustancial en la situación jurídica del exgobernador, pues dejó sin efecto la absolución que había obtenido previamente y estableció su responsabilidad penal por este asesinato.

Kiko Gómez, exgobernador de La Guajira.
Kiko Gómez, exgobernador de La Guajira, y Felipe Criollo, su abogado. Colprensa

¿Qué sigue en el proceso contra el exgobernador?

Con la admisión de la tutela, la Sala de Casación Civil deberá estudiar los argumentos de la defensa y determinar si la sentencia cuestionada incurrió en alguna vulneración de derechos fundamentales que justifique la intervención del juez constitucional.

La discusión se concentrará, principalmente, en la forma en que fueron valoradas las pruebas, los fundamentos de la condena y las garantías procesales que, según el abogado, no habrían sido respetadas.

La Corte tendrá que establecer si existen razones jurídicas para conceder el amparo solicitado o si, por el contrario, mantiene vigente la decisión de la Sala Penal.

Por ahora, la condena de 31 años continúa en firme. La admisión del recurso no significa que Kiko Gómez haya ganado la tutela ni que su situación judicial haya cambiado.

El nuevo trámite representa otro episodio en el prolongado proceso penal del exgobernador, cuya responsabilidad por el homicidio del concejal de Barrancas fue declarada por la Sala de Casación Penal y ahora es objeto de cuestionamientos por parte de su defensa ante la misma Corte Suprema.