La JEP continúa revisando el caso de Kiko Gómez
Kiko Gómez' y el logo de la JEP. Noticias Caracol y X @JEP_Colombia

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) reanudó nuevas actuaciones en el trámite de sometimiento del exgobernador de La Guajira Juan Francisco Gómez Cerchar, conocido como 'Kiko' Gómez, con el propósito de avanzar en la revisión de su expediente y determinar el alcance de su eventual comparecencia ante la justicia transicional.

La decisión quedó consignada en la Resolución 3590 del 23 de octubre de 2026. Entre las medidas adoptadas se encuentra la autorización para que la Fiscalía General de la Nación tenga acceso temporal al expediente durante 60 días, mientras se revisan documentos, informes de policía judicial y actuaciones relacionadas con el proceso.

La determinación no significa que la JEP haya aceptado definitivamente a Gómez Cerchar ni que sus condenas en la justicia ordinaria hayan sido modificadas.

Una solicitud que continúa bajo estudio

El exgobernador busca que la JEP examine presuntos vínculos con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), en particular la hipótesis de que hubiera actuado como tercero colaborador o financiador de esa estructura paramilitar.

El trámite ha tenido varios cambios. En 2020, la JEP rechazó inicialmente su sometimiento en relación con distintos hechos. Sin embargo, en 2022, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz revocó parcialmente esa decisión y ordenó continuar el análisis de aspectos específicos del caso.

La revisión actual busca avanzar en el cumplimiento de esas determinaciones y establecer qué actuaciones siguen pendientes. Para que el sometimiento sea aceptado, la jurisdicción deberá evaluar si se cumplen los requisitos correspondientes, incluidos los compromisos de contribución a la verdad sobre hechos relacionados con el conflicto armado.

Por tanto, la decisión de continuar examinando el expediente no equivale a conceder beneficios judiciales ni anticipa el resultado del procedimiento.

Los hechos bajo revisión

Entre los asuntos que deben analizarse se encuentran los presuntos vínculos de Gómez Cerchar con las AUC y su posible responsabilidad en los homicidios de Rosa Mercedes Cabrera Alfaro y Luis Alejandro Rodríguez Frías.

Estos hechos deben distinguirse de otros procesos tramitados ante la justicia ordinaria. El alcance de la revisión de la JEP está sujeto a las decisiones judiciales previas y a los límites de competencia definidos para este caso.

Gómez Cerchar también fue condenado por la justicia ordinaria por el homicidio del exconcejal de Barrancas, La Guajira, Luis Gregorio López Peralta. Este antecedente ha generado cuestionamientos sobre la posibilidad de que el exmandatario sea admitido en la jurisdicción transicional y sobre la relación entre ese crimen y el conflicto armado.

La existencia de una condena ordinaria no significa que la JEP pueda revisar automáticamente todos los hechos asociados con una persona. Su competencia debe establecerse de acuerdo con las condiciones legales y las decisiones específicas adoptadas dentro del trámite.

Reconocen a la hija de un exconcejal como víctima indirecta

La Resolución 3590 también reconoció a Diana Carolina López Zuleta, hija de Luis Gregorio López Peralta, como víctima indirecta dentro del procedimiento.

Este reconocimiento permite que participe en el trámite y ejerza los derechos que le corresponden en calidad de víctima, de acuerdo con las reglas aplicables. Su participación resulta relevante para que la jurisdicción considere las perspectivas y los derechos de quienes fueron afectados por los hechos examinados.

La intervención de las víctimas constituye uno de los componentes centrales de la justicia transicional, que busca esclarecer lo ocurrido, establecer responsabilidades dentro de su competencia y garantizar condiciones de participación durante los procedimientos judiciales.

¿Qué sigue?

Durante los próximos 60 días, la Fiscalía tendrá acceso temporal al expediente en el marco de las actuaciones autorizadas. La JEP deberá continuar revisando la documentación y determinar los pasos necesarios para cumplir las órdenes judiciales previas.

El resultado de ese análisis permitirá precisar si el trámite puede avanzar hacia una decisión sobre el sometimiento de Gómez Cerchar y cuáles hechos podrían quedar comprendidos dentro de la competencia de la jurisdicción.

Por ahora, el caso continúa en fase de revisión. La decisión definitiva sobre una eventual admisión dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos y de las determinaciones que adopten los magistrados.

El proceso mantiene abierto un debate de fondo sobre los límites de la justicia transicional, la obligación de aportar verdad y las garantías de las víctimas. Su evolución será relevante para establecer si la JEP tiene competencia sobre los hechos sometidos a su consideración, sin confundir la continuidad del trámite con una aceptación definitiva.