Golpe de timón a las pensiones: eliminan límite del 30 % para invertir en el exterior
La nueva norma revierte la restricción establecida en abril y amplía el margen de las AFP, aunque mantiene límites específicos y controles de riesgo.

El Decreto 1490 de 2026 reversa la restricción que había sido establecida en abril y permite nuevamente una mayor exposición de los fondos de pensiones a mercados internacionales. El Gobierno sostiene que la medida busca proteger el ahorro de los trabajadores y mejorar la diversificación de los portafolios.
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, mediante el cual eliminó el límite global del 30 % que restringía las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos del exterior.
La decisión modifica nuevamente el régimen de inversión de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y deja sin efecto la restricción establecida en abril de este mismo año mediante el Decreto 369 de 2026. Con el nuevo marco, las administradoras tendrán mayor margen para definir la composición de sus portafolios de acuerdo con criterios como rentabilidad, riesgo, liquidez y diversificación.
Una medida que cambia nuevamente las reglas
El límite del 30 % había sido establecido en abril de 2026. La regulación anterior contemplaba una reducción progresiva de la participación de los activos internacionales hasta llegar a ese porcentaje.
En ese momento, el Ministerio de Hacienda explicó que el proceso sería gradual y tendría un periodo de implementación de cinco años. Bajo esas reglas, los fondos podían invertir inicialmente un porcentaje mayor en el exterior, pero debían reducir progresivamente su exposición a esos mercados.
Con el Decreto 1490, ese límite global desaparece.
Esto significa que las AFP ya no estarán obligadas a mantener sus inversiones internacionales dentro de un techo general del 30 %. Sin embargo, esto no significa que puedan invertir los recursos de los afiliados sin ningún tipo de restricción.
El nuevo régimen mantiene límites específicos para diferentes clases de activos, además de las reglas prudenciales y las obligaciones de gestión de riesgos que deben cumplir las administradoras.
Gobierno argumenta que busca proteger el ahorro pensional
El ministro de Hacienda, Miguel Gómez, defendió la decisión y señaló que los recursos administrados por las AFP pertenecen a los trabajadores y constituyen el ahorro destinado a financiar sus futuras pensiones.
La posición del Gobierno es que establecer un mismo límite geográfico para todos los portafolios puede reducir las posibilidades de diversificación y afectar la relación entre riesgo y rentabilidad.
De acuerdo con el análisis que acompaña el nuevo decreto, la eliminación del límite permitirá que las administradoras tengan mayores posibilidades para distribuir los recursos entre distintos mercados, sectores y tipos de activos.
La idea es que las decisiones de inversión respondan principalmente a las características de cada portafolio y no a una obligación general de concentrar una determinada proporción de los recursos dentro de Colombia.
¿Qué pasa con el dinero de los trabajadores?
Uno de los principales interrogantes alrededor de la medida es qué implicaciones tendrá para los afiliados a los fondos privados de pensiones.
En términos prácticos, la eliminación del límite no significa que los trabajadores vayan a recibir automáticamente una mayor pensión ni que las AFP estén obligadas a aumentar sus inversiones en el extranjero.
Lo que cambia es el margen de maniobra que tienen las administradoras para decidir dónde invertir los recursos.
Los fondos podrán evaluar oportunidades en diferentes mercados internacionales y distribuir los riesgos entre distintos países, monedas y activos. El objetivo declarado es evitar una concentración excesiva del ahorro pensional en un único mercado.
La rentabilidad, sin embargo, no está garantizada. Toda inversión implica riesgos y los resultados dependerán del comportamiento de los mercados y de las decisiones de administración de cada portafolio.
El antecedente del Decreto 369
La decisión actual representa una reversión frente a una norma expedida apenas seis meses atrás.
El Decreto 369 de abril había modificado el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y estableció el proceso para reducir progresivamente la exposición de los recursos a activos internacionales. La norma contemplaba que el límite llegara finalmente al 30 %.
La medida anterior buscaba aumentar la participación de las inversiones nacionales y reducir la exposición de los fondos a mercados internacionales.
Con el nuevo decreto, el Gobierno cambia nuevamente esa orientación y prioriza la diversificación de los portafolios como uno de los criterios centrales para la administración del ahorro pensional.
¿Por qué el Gobierno cambió de posición?
La nueva administración sostiene que los análisis técnicos realizados sobre el funcionamiento del límite mostraron que una restricción global podía afectar la relación entre riesgo y retorno de los portafolios.
Según el Gobierno, obligar a todos los fondos a cumplir con el mismo límite geográfico podía reducir las alternativas disponibles para las AFP y dificultar la optimización de las inversiones de acuerdo con las características de cada fondo.
Además, el Ejecutivo tuvo en cuenta el nuevo contexto jurídico relacionado con la reforma pensional y el régimen de transición, elementos que también fueron considerados en la elaboración del Decreto 1490.
Cerca de la mitad de los recursos estaba invertida en el exterior
La decisión adquiere especial importancia por el volumen de recursos que manejan los fondos privados de pensiones.
Reuters reportó que, antes del cambio normativo, alrededor del 48 % de los portafolios de los fondos de pensiones estaba invertido en mercados internacionales, equivalente a unos $278 billones. La cifra muestra la magnitud de los recursos involucrados en la modificación regulatoria.
El sector de las AFP administra además los ahorros de millones de trabajadores colombianos, por lo que cualquier cambio en las reglas de inversión puede tener efectos relevantes sobre el sistema financiero y el ahorro de largo plazo.
No habrá libertad absoluta para invertir
Aunque desaparece el límite global del 30 %, las AFP seguirán sometidas a controles.
El Decreto 1490 mantiene las reglas relacionadas con seguridad, liquidez, diversificación y gestión integral de riesgos. También permanecen los límites específicos aplicables a determinadas clases de activos.
Por lo tanto, la modificación no implica que las administradoras puedan trasladar libremente todos los recursos de los afiliados a mercados internacionales. Las decisiones deberán continuar justificándose bajo criterios técnicos y dentro del marco regulatorio vigente.
Un nuevo debate sobre el destino del ahorro pensional
La eliminación del límite vuelve a poner sobre la mesa una discusión que ha generado posiciones encontradas en Colombia: qué proporción del ahorro pensional debería permanecer invertida en el país y cuánto debería destinarse a mercados internacionales.
Mientras el Gobierno actual sostiene que una mayor libertad de inversión favorece la diversificación y puede mejorar la gestión del riesgo, la regulación anterior había buscado aumentar la participación de los recursos pensionales en inversiones nacionales.
Con el Decreto 1490, las AFP recuperan un margen más amplio para definir sus estrategias de inversión.
El impacto final de la decisión dependerá de cómo las administradoras modifiquen sus portafolios y del comportamiento de los mercados. Para los afiliados, el punto central será determinar si una mayor diversificación contribuye efectivamente a proteger y hacer crecer el ahorro destinado a sus futuras pensiones.

