La elección del congresista Winsner Sandoval está suspendida.
La elección del congresista Winsner Sandoval está suspendida provisionalmente hasta que exista una decisión de fondo en el proceso. Suministro

El Consejo de Estado puso en entredicho la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de asignar una de las dos curules de la circunscripción especial afrodescendiente de la Cámara de Representantes al Partido Demócrata Colombiano, pese a que la colectividad no alcanzó el umbral mínimo de votación exigido para participar en la distribución de los escaños.

La controversia gira en torno a la elección de Winsner Nessir Sandoval Ibáñez, cuya llegada al Congreso fue cuestionada ante la jurisdicción contencioso-administrativa. El caso adquirió relevancia luego de que la Sección Quinta del Consejo de Estado ordenara suspender provisionalmente su elección, al considerar que existen elementos jurídicos para cuestionar la interpretación que hizo el CNE de las reglas electorales.

La decisión no constituye todavía una anulación definitiva, pero impide que Sandoval continúe ejerciendo la curul mientras el alto tribunal resuelve de fondo la demanda.

La disputa por las dos curules afro

En las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026, la circunscripción especial de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras tuvo como protagonistas a dos listas que concentraron las mayores votaciones.

La lista del Consejo Comunitario El Naranjo, vinculada al movimiento Libres, obtuvo 159.387 votos, mientras que el Partido Demócrata Colombiano alcanzó 72.241 sufragios. Con esos resultados, Óscar Benavides llegó a la Cámara por la primera lista y Winsner Sandoval recibió la segunda curul, decisión que posteriormente fue demandada.

El centro de la discusión está en el umbral electoral. Para esta circunscripción, el mínimo se estableció en 78.915 votos, equivalente al 30 % del cuociente electoral. El Partido Demócrata Colombiano quedó por debajo de esa cifra, mientras que la lista del Consejo Comunitario El Naranjo sí la superó.

A pesar de ello, el CNE asignó una curul a cada una de las dos listas más votadas. La autoridad electoral argumentó que ninguna había alcanzado el cuociente electoral, por lo que correspondía distribuir los escaños entre las dos listas con mayor número de sufragios.

¿Por qué el Consejo de Estado cuestionó la decisión?

El alto tribunal consideró, en su análisis preliminar, que el umbral electoral constituye un requisito previo para participar en la distribución de curules. En consecuencia, el hecho de que ninguna lista alcance el cuociente electoral no significa que pueda ignorarse automáticamente el umbral.

Según el razonamiento expuesto por la Sección Quinta, la excepción que permite prescindir de ese requisito opera cuando ninguna de las listas inscritas alcanza el umbral mínimo. En este caso, la lista del Consejo Comunitario El Naranjo sí superó la cifra exigida.

Por esa razón, el tribunal señaló que la interpretación del CNE podría desconocer las reglas previstas en el artículo 263 de la Constitución Política. También indicó que la normativa no impide que una misma lista obtenga las dos curules cuando es la única que cumple las condiciones para participar en su distribución.

La discusión, por tanto, no se limita a determinar cuál lista obtuvo más votos, sino a establecer cómo deben aplicarse las reglas constitucionales para asignar los escaños de una circunscripción en la que se eligen dos representantes.

La suspensión de Winsner Sandoval

El 20 de agosto de 2026, la Sección Quinta del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la elección de Sandoval mientras estudia la demanda de nulidad electoral.

La medida se adoptó al encontrar razones para considerar que la asignación de la curul pudo vulnerar las disposiciones constitucionales sobre el umbral. La suspensión es de carácter cautelar: busca evitar que continúe produciendo efectos una elección cuestionada mientras se toma una decisión definitiva.

El 8 de octubre, según reportes publicados el 9 de octubre, el Consejo de Estado confirmó la suspensión provisional, por lo que Sandoval no puede continuar ejerciendo el cargo mientras se resuelve el proceso. La decisión definitiva sobre la legalidad de su elección continúa pendiente.

¿Qué pasaría con la segunda curul afro?

Si el Consejo de Estado mantiene en su sentencia definitiva el criterio expuesto en la medida provisional, la segunda curul podría corresponder también a la lista del Consejo Comunitario El Naranjo. En ese escenario, Anyela Guanga, quien integró esa lista, aparece como la candidata que podría ocupar el escaño.

Sin embargo, el resultado final depende de la sentencia que resuelva la demanda. La suspensión de la elección de Sandoval no equivale, por sí sola, a una declaración definitiva de quién debe ocupar la curul.

El caso también ha generado cuestionamientos políticos. Óscar Benavides ha sostenido que la segunda curul correspondía a su movimiento y ha denunciado presuntas irregularidades en la decisión del CNE. Esos señalamientos forman parte de la controversia y deben distinguirse de las determinaciones judiciales adoptadas hasta el momento.

Un debate sobre las reglas electorales y la representación afro

La controversia reabrió la discusión sobre la aplicación de las normas electorales en las circunscripciones especiales creadas para garantizar la representación de comunidades históricamente excluidas.

Por un lado, el CNE defendió una interpretación que permitió repartir las curules entre las dos listas más votadas ante la ausencia de una lista que alcanzara el cuociente electoral. Por otro, el Consejo de Estado consideró que esa circunstancia no elimina necesariamente la obligación de cumplir el umbral establecido en la Constitución.

La decisión definitiva deberá establecer cuál interpretación se ajusta al marco jurídico y, en consecuencia, quién tiene derecho a ocupar la segunda curul afro de la Cámara de Representantes para el periodo 2026-2030.

Mientras avanza el proceso, la suspensión provisional mantiene a Winsner Sandoval fuera del ejercicio de esa curul y deja pendiente una definición judicial que podría modificar la distribución de la representación política de las comunidades afrodescendientes en el Congreso.