Tribunal de Bogotá ordena a Carlos Carrillo rectificar señalamientos contra Carlos Trujillo
El exdirector de la UNGRD tendrá 48 horas para aclarar que no cuenta con pruebas que vinculen al exsenador con hechos de corrupción en la entidad.

El Tribunal Superior de Bogotá le ordenó al exdirector de la UNGRD corregir declaraciones públicas en las que vinculó al exsenador conservador con presuntos hechos de corrupción en la entidad. La decisión se produjo tras una tutela por la presunta vulneración de los derechos a la honra y al buen nombre.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó a Carlos Carrillo, exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), rectificar las afirmaciones que hizo públicamente contra el exsenador conservador Carlos Andrés Trujillo, a quien relacionó con presuntos hechos de corrupción en esa entidad.
La decisión judicial se conoció el 13 de octubre de 2026 y responde a una acción de tutela presentada por Trujillo, quien sostuvo que los señalamientos afectaron su honra y su buen nombre. De acuerdo con la información publicada por SEMANA, el fallo tuvo en cuenta que Carrillo reconoció ante la Corte Suprema de Justicia que no contaba con pruebas documentales que respaldaran sus afirmaciones contra el excongresista.
El pronunciamiento representa un nuevo capítulo en la controversia política y judicial derivada del escándalo de corrupción de la UNGRD, que ha generado investigaciones, denuncias y cuestionamientos sobre el manejo de recursos públicos destinados a la atención de emergencias.
¿Por qué el tribunal ordenó la rectificación?
El exsenador Carlos Andrés Trujillo acudió a la justicia al considerar que las declaraciones de Carrillo lo presentaban como vinculado a presuntas irregularidades sin que existiera sustento probatorio suficiente para respaldar esas afirmaciones.
En su análisis, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó rectificar los señalamientos cuestionados, en atención a la protección de los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre. La decisión se relaciona con la responsabilidad de los funcionarios y exfuncionarios públicos de respaldar sus afirmaciones cuando hacen señalamientos que pueden afectar la reputación de otras personas.
El caso también pone de relieve la diferencia entre denunciar posibles irregularidades de interés público y atribuir responsabilidades individuales sin contar con elementos que sustenten las acusaciones.
La orden de rectificación no equivale, por sí sola, a una decisión judicial sobre todas las controversias relacionadas con el escándalo de la UNGRD. Su alcance específico está relacionado con las declaraciones cuestionadas y los derechos que el tribunal consideró afectados.
Carrillo deberá rectificar en un plazo de 48 horas
Uno de los puntos centrales del fallo es el plazo establecido para cumplir la orden judicial. Carlos Carrillo dispone de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia para rectificar las afirmaciones, bajo condiciones de equidad y con un alcance equivalente al de las publicaciones originales.
Además, deberá señalar expresamente que no cuenta con evidencia ni elementos probatorios que vinculen al exsenador con los hechos de corrupción relacionados con la UNGRD. El tribunal también le advirtió que debe abstenerse de repetir señalamientos similares sin respaldo probatorio.
Las declaraciones que originaron la controversia
La decisión judicial examinó declaraciones públicas en las que Carrillo relacionó a Trujillo con el escándalo de la UNGRD. Entre ellas se encuentra una entrevista del 10 de julio de 2026 con el programa de Juanpis González, en la que el exdirector se refirió al exsenador como "el cerebro del desfalco de la UNGRD".
Sin embargo, ante la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, el 16 de octubre de 2024, Carrillo manifestó que su conocimiento sobre el asunto era indirecto y provenía de información difundida por medios de comunicación. También reconoció que no tenía pruebas documentales sobre la participación de Trujillo en esquemas de corrupción relacionados con la entidad.
Para el Tribunal Superior de Bogotá, existía una contradicción entre los señalamientos públicos y lo que Carrillo había manifestado ante las autoridades judiciales. Ese contraste fue uno de los elementos considerados para ordenar la rectificación.
El antecedente de la Corte Suprema en el caso UNGRD
La controversia también se produce después de que, en julio de 2026, la Corte Suprema de Justicia resolviera no abrir una investigación formal contra Carlos Andrés Trujillo por el escándalo de la UNGRD, al considerar que los elementos disponibles no permitían atribuirle una conducta delictiva. La decisión judicial fue reportada por El Espectador.
Este antecedente es distinto del fallo de tutela contra Carrillo: mientras la decisión de la Corte Suprema se refirió a la apertura de una investigación penal contra Trujillo, el Tribunal Superior de Bogotá examinó la afectación de sus derechos fundamentales por las declaraciones públicas del exdirector de la UNGRD.
¿Qué implica la decisión?
El fallo establece una obligación concreta de rectificación y busca proteger los derechos a la honra y al buen nombre del exsenador. También recuerda que las afirmaciones públicas sobre presuntas conductas delictivas deben contar con sustento y distinguirse de las sospechas o versiones indirectas.
La decisión no resuelve de manera general todas las responsabilidades relacionadas con el escándalo de la UNGRD, sino que se concentra en los señalamientos analizados por el tribunal. El expediente será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

