Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Tribunal Administrativo de Cundinamarca Tribunal Administrativo de Cundinamarca

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Federación Colombiana de Municipios restituir a las entidades territoriales recursos por más de $84.752 millones de pesos, correspondientes a excedentes operacionales y rendimientos financieros derivados de la administración del Sistema Integrado de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).

El fallo, fechado el 4 de septiembre de 2026 y con ponencia del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, resolvió las apelaciones presentadas dentro de una acción popular promovida por la Alcaldía Mayor de Bogotá con el propósito de proteger el patrimonio público. La decisión judicial concluyó que la Federación Colombiana de Municipios vulneró el derecho colectivo a la defensa del patrimonio público al conservar los excedentes operacionales y los rendimientos financieros generados con los recursos destinados a la administración del sistema.

Qué es el SIMIT y por qué maneja tanto dinero

El SIMIT es la base de datos que reúne las multas de tránsito de todos los municipios del país, con el propósito de que ninguna infracción quede sin cobrar, incluso si el conductor infractor reside en una ciudad distinta a aquella donde cometió la falta. Este sistema es administrado precisamente por la Federación Colombiana de Municipios.

El artículo 10 de la Ley 769 de 2002 fue la norma central que analizó el Tribunal en su decisión, luego de que se autorizara la implementación y actualización del SIMIT por parte de la Federación, estableciendo el 10% del valor de las multas pagadas como fuente de financiación de dicha función.

Según explicó el Tribunal, la Federación tenía la facultad para percibir y administrar la totalidad de ese porcentaje, con el objetivo de cubrir los costos, gastos, inversiones y otras necesidades relacionadas con la implementación, operación, mantenimiento y actualización del sistema. Sin embargo, la decisión judicial fue clara al advertir que esa facultad de administración no le otorga a la Federación la titularidad de esos recursos.

Un desglose de 23 años de excedentes

El fallo cuantificó estos recursos para el periodo comprendido entre 2002 y 2025, en $55.445 millones correspondientes a excedentes operacionales, y $29.307 millones adicionales por concepto de rendimientos financieros generados durante todo ese periodo.

"Dichos recursos deben retornar a las entidades territoriales de cuyo recaudo provienen, pues conservan la naturaleza territorial de los recursos que les dieron origen y la Federación Colombiana de Municipios no ostenta título jurídico para mantenerlos bajo su administración una vez atendidos los costos, gastos, inversiones y demás" necesidades relacionadas con el sistema, señaló el Tribunal dentro de su providencia.

La ley permite que Fedemunicipios reciba ese 10% del valor de las multas por administrar el sistema, pero el Tribunal aclaró expresamente que ese porcentaje no significa que la Federación pueda apropiarse de los excedentes y rendimientos financieros que se generen con dichos recursos.

Los antecedentes del proceso judicial

El Juzgado 19 Administrativo del Circuito de Bogotá, en la decisión de primera instancia dictada en 2018, ya había garantizado el derecho colectivo a la defensa del patrimonio público, al ordenar que la Federación reintegrara los excedentes operacionales y los rendimientos financieros generados con los recursos destinados a la administración del SIMIT. Aquella primera instancia había ordenado devolver alrededor de $27.000 millones al Tesoro Nacional, y además le había pedido al Ministerio de Transporte impulsar una ley para unificar el SIMIT con el RUNT, el Registro Único Nacional de Tránsito que maneja esa cartera.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, tras resolver las apelaciones radicadas por ambas partes, mantuvo este aspecto central de la decisión del Juzgado, aunque sí introdujo modificaciones a su alcance. Entre esos cambios se encuentra la caída de la orden de fusionar el SIMIT con el RUNT, un punto que la instancia superior no mantuvo dentro de su fallo definitivo.

Una auditoría de seis meses y un comité de vigilancia

El fallo también ordena ejecutar un procedimiento específico para determinar cuánto dinero corresponde exactamente a cada entidad territorial. Para ello, la Federación deberá adelantar una auditoría financiera, contable, contractual y patrimonial dentro de los seis meses siguientes a la ejecutoria de la providencia.

Una vez recuperado el dinero, las alcaldías tendrán la obligación de destinarlo únicamente a la ejecución de planes y proyectos del sector movilidad dentro de sus respectivos territorios. Para garantizar el cumplimiento de la sentencia, el Tribunal dispuso la creación de un comité de vigilancia integrado por Bogotá, la propia Federación Colombiana de Municipios, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República.

Un choque histórico entre Bogotá y Fedemunicipios

Esta controversia no es nueva dentro de la relación entre la capital del país y la Federación Colombiana de Municipios. Cabe recordar que, en septiembre de 2024, el mismo Tribunal Administrativo de Cundinamarca ya había fallado a favor de Bogotá en un proceso relacionado, al negar las pretensiones de Fedemunicipios, que buscaba percibir un porcentaje de las multas recaudadas directamente por la capital a través del SIMIT una vez implementado el sistema. En aquella ocasión, la Federación reclamaba más de $358.741 millones por la falta de transferencia del 10% de las sanciones impuestas desde 2002, pero el Tribunal determinó que operó la caducidad para el periodo comprendido entre 2002 y agosto de 2015, y que Bogotá no adeudaba pago alguno por ese concepto.

Una decisión que llega en medio de la reforma al Código de Tránsito

La sentencia sobre los excedentes del SIMIT cobra especial relevancia porque se produce en momentos en que el Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella anunció una reforma al Código de Tránsito, orientada a reducir hasta en 50% el valor de algunas multas y revisar de fondo el funcionamiento tanto del SIMIT como del RUNT.

El propio mandatario ha planteado la necesidad de identificar duplicidades entre ambos sistemas y de reducir las tarifas que actualmente pagan los colombianos por concepto de multas y otros trámites relacionados con el tránsito vehicular en el país.

Con este fallo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca envía una señal clara sobre el manejo de los recursos públicos que se generan a través del sistema de multas de tránsito, en un momento en que el propio Gobierno nacional busca, por otra vía, replantear la estructura y el costo de este sistema para los ciudadanos colombianos.