Abelardo de la Espriella
De la Espriella reiteró su intención de gobernar en los territorios: tiene agenda lista Ovidio Gonzalez S - El Espectador

Con 15 nuevos decretos, expedidos a horas de que culminara la ventana de facultades extraordinarias que le permite al presidente Abelardo de la Espriella expedir normas con fuerza de ley, el mandatario estableció nuevas medidas para la atención del terremoto del pasado 10 de agosto. Así quedó establecido a través de varias normativas emitidas en la tarde del 17 de septiembre, que entre otras cosas facultan la contratación directa para la atención de esa crisis.

El origen: 30 días de facultades extraordinarias

Este cierre de ventana normativa tiene su origen en el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, mediante el cual el Gobierno declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública, durante 30 días calendario, en 15 departamentos: Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.

La declaratoria se sustentó en las facultades del artículo 215 de la Constitución Política, que le permiten al Gobierno expedir decretos con fuerza de ley directa y específicamente relacionados con la emergencia, siempre que las medidas adoptadas sean "proporcionales, temporales y necesarias". El propio decreto original había señalado que, pese a haber activado los mecanismos ordinarios de respuesta, la magnitud, simultaneidad, dispersión territorial y complejidad de los daños hacían necesario recurrir a estas herramientas extraordinarias.

Contratación directa "sin límites"

Uno de los puntos prioritarios para el Gobierno de De la Espriella se materializó mediante el Decreto 1420 de 2026, que establece: "Con ocasión de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, y en los términos del artículo 42 de la Ley 80 de 1993, se entiende comprobado el hecho que da lugar a declarar la urgencia manifiesta por parte de las entidades estatales, para la contratación directa del suministro de bienes, la prestación de servicios o la ejecución de obras necesarias para atender, mitigar y superar los efectos del terremoto del 10 de agosto de 2026 y sus réplicas".

El objeto de esta medida busca agilizar los procesos de contratación para la atención de la emergencia, en articulación con el Fondo Milagro, que servirá para canalizar los recursos y hacer seguimiento a las obras de reconstrucción en los departamentos afectados. El decreto también estipula que todos los contratos celebrados por las entidades estatales que tengan conexidad directa con la atención y mitigación de la emergencia podrán adicionarse sin sujeción a los límites previstos en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, siempre con la respectiva justificación técnica, jurídica y financiera de la necesidad por parte de la entidad correspondiente.

Adicionalmente, cuando se trate de la adquisición de bienes relacionados con la emergencia, las entidades públicas podrán adquirirlos mediante el instrumento de agregación de demanda de grandes superficies, en cuyo caso el valor de la transacción podrá llegar hasta el monto máximo de la menor cuantía de la respectiva entidad estatal.

Una adición presupuestal de $624.000 millones

Otro de los documentos firmados por el jefe de Estado establece una adición presupuestal de $624.000 millones de pesos con motivo de esta emergencia, recursos que se suman a los ya destinados previamente a la atención y reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo.

Incentivos tributarios para atraer inversión privada

Con el Decreto 1413 de 2026, el Gobierno estableció "un régimen excepcional y transitorio de incentivos para promover nuevas inversiones privadas que contribuyan directamente a la reconstrucción, recuperación y reactivación económica" en las zonas más afectadas por el terremoto.

Esa medida propone, entre otras cosas, un régimen especial de incentivos a partir de inversiones que oscilan entre las 950.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) en materia turística; 1,1 millones de UVT en agroindustria y construcción; y hasta 2,3 millones de UVT en industrias manufactureras y servicios.

La misma normativa establece que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo será el encargado de calificar los proyectos que soliciten acogerse a este régimen de incentivos, con base en criterios objetivos definidos en el propio decreto y su reglamentación posterior. La solicitud deberá contener, como mínimo, la identificación del inversionista y del vehículo de inversión, la descripción del proyecto, su ubicación, la actividad económica, el monto y cronograma de inversión, los activos que serán adquiridos o construidos, la estimación de generación de empleo, y los mecanismos de trazabilidad correspondientes.

Un asesor ad honorem para liderar la revolución de la IA

En paralelo a estos anuncios, el presidente De la Espriella informó a través de su cuenta en X sobre una reunión de más de tres horas sostenida en la sede presidencial de Barranquilla con David Vélez, fundador de Nubank, a quien el mandatario presentó como su "principal asesor ad honorem para liderar la revolución de la inteligencia artificial" dentro del Gobierno, aunque el anuncio no detalló todavía el alcance específico ni las funciones concretas de este nuevo rol.

Lo que sigue tras el vencimiento de las facultades

Con el vencimiento de la ventana de 30 días de facultades extraordinarias otorgada por el Decreto 1261, corresponde ahora al Congreso de la República ejercer el control político sobre el uso que el Gobierno nacional hizo de estas atribuciones excepcionales, tal como lo contempla el artículo 215 de la Constitución y la Ley 137 de 1994, que exige convocar al Legislativo dentro de los diez días siguientes al cese del estado de emergencia.

Con este paquete final de 15 decretos, el Gobierno de Abelardo de la Espriella cierra la primera fase de respuesta normativa extraordinaria frente al terremoto del 10 de agosto, dejando en manos de la contratación pública ordinaria, el nuevo régimen de incentivos tributarios y el seguimiento del Fondo Milagro, la continuidad del proceso de reconstrucción en los 15 departamentos afectados por el sismo.