Gobierno De La Espriella prepara decreto que da mayores facultades a la Policía para intervenir en protestas
El documento, abierto a comentarios públicos, contempla reglas sobre bloqueos, diálogo, acompañamiento policial, infraestructura crítica y actuación del PMU.

Decreto del Gobierno De La Espriella busca regular la intervención de las protestas
El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella prepara un decreto que generará un amplio debate en el país. El documento de 27 páginas ya se encuentra disponible para comentarios antes de que sea expedido y empiece a regir.
Cuándo se activaría la intervención policial
Algunos de los cambios más trascendentales que se plantean es que se le darían mayores facultades a la Policía Nacional para intervenir en algunos casos, por ejemplo, cuando se verifique que hay actos de violencia por parte de los manifestantes desde el inicio de la concentración o movilización.
El documento menciona que cuando se evidencie que hay armas de fuego, cortopunzantes, explosivos, artefactos incendiarios, entre otros, la obligación del diálogo se entenderá resuelta y no condicionará a los uniformados, y que eso se podrá adelantar mientras se dialoga.
"En estos eventos, la Policía Nacional actuará sin dilaciones innecesarias, en cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales y reglamentarios de prevenir, contener y hacer cesar las conductas punibles o los actos de violencia, proteger la vida e integridad de las personas, preservar los bienes y restablecer las condiciones de seguridad y convivencia, con observancia de los principios que regulan el uso de la fuerza", señala el documento.
El "equilibrio constitucional" entre la protesta y otros derechos
Otro punto importante es el artículo 3, en el que se habla de un "equilibrio constitucional" en el que se menciona que la garantía del derecho a la protesta podrá ser ponderada con otros derechos fundamentales como la vida, la salud, la movilidad, el trabajo, la educación, la seguridad y la prestación de servicios públicos esenciales.
"Ningún derecho fundamental podrá ejercerse de manera que suprima totalmente el ejercicio concurrente de otros derechos", dicen.
La distancia mínima del dispositivo de acompañamiento policial
Un punto clave del acompañamiento de la Fuerza Pública es que deberá estar a cuatro metros de las manifestaciones.
"La Policía Nacional dispondrá de un dispositivo de acompañamiento a la manifestación pública, el cual deberá estar ubicado a una distancia mínima de cuatro metros, este dispositivo tendrá como finalidad garantizar el ejercicio pacífico del derecho a la protesta y proteger tanto a los participantes como a las personas que no forman parte de la manifestación", señala el documento.
El rol del Puesto de Mando Unificado (PMU)
Asimismo, se habla del papel que tendría un Puesto de Mando Unificado (PMU) en medio de una protesta, pues podría decidir si se agota el diálogo, si hay condiciones para que intervenga la Fuerza Pública, evaluar obstrucciones de las vías, entre otras.
Un sistema de alertas tempranas y mesas de diálogo
Un punto adicional es que el Ministerio del Interior podría administrar un sistema de alertas tempranas de conflictividad social, por medio de la cual la entidad gubernamental podrá convocar a una mesa de diálogo a los cinco días siguientes a esa activación. Los compromisos adquiridos en ese espacio se registrarán en un sistema de seguimiento de acceso público.
Los bloqueos de vías: cuándo se consideran graves e inminentes

También se habla de los bloqueos de vías. Aclara que, si bien la sola obstrucción no convierte la manifestación en violenta ni automáticamente permite que sea disuelta, sí puede generar que se catalogue de grave e inminente, por lo que ante esos hechos el PMU deberá definir cuánto tiempo lleva el bloqueo, la afectación que está generando, la importancia de la vía, entre otros.
La "focalización probatoria" para identificar responsables
Se habla de la "focalización probatoria", a través de la cual la Policía no solo interviene en determinados casos sino que identifica personalmente a responsables de conductas punibles y asegura material probatorio para una posterior judicialización.
Protección especial para infraestructura crítica
Y se menciona que hay infraestructuras críticas y servicios esenciales como hospitales, aeropuertos, redes eléctricas, instalaciones de Fuerza Pública, entre otros, que tendrían mayor protección. Así como que haya corredores solidarios para bomberos, organismos de socorro, ambulancias, entre otros.
Un punto clave es lo relacionado con la ocupación prolongada de acceso a instalaciones industriales o de servicios, en los que el PMU evaluará distintas aristas para tomar decisiones en estos casos.
Nota editorial: el documento descrito en esta nota corresponde a un borrador de decreto que se encuentra en fase de comentarios públicos antes de su eventual expedición, por lo que su contenido final podría variar. Se trata de un tema con posiciones sociales y políticas encontradas entre quienes defienden la ampliación de facultades para la Fuerza Pública como garantía de orden público y quienes advierten riesgos para el ejercicio del derecho a la protesta; esta cobertura se limita a describir el contenido del documento conocido por la fuente.

