Alcalde de Cali sancionado con arresto por desacato, pero un segundo fallo evita que pague la multa
La sanción inicial, relacionada con la respuesta a una solicitud sobre convenios con Propacífico, será revisada por jueces civiles del circuito de Cali.

Un juez de Cali sancionó al alcalde de Santiago de Cali, Alejandro Eder, con cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos, por incumplir una orden judicial que lo obligaba a responderle a un abogado por unos convenios del Distrito. La decisión fue adoptada el 17 de septiembre de 2026 por el Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, dentro de un incidente de desacato promovido por el abogado Élmer José Montaña Gallego.
El origen: una solicitud sobre convenios con Propacífico
La controversia se originó en una petición presentada el 23 de abril de 2026, en la que Montaña Gallego solicitó a la Alcaldía información y documentos sobre cuatro convenios suscritos entre el Distrito de Cali y Propacífico —nombre con el que opera la Fundación para el Desarrollo Integral del Pacífico, una organización privada sin ánimo de lucro que trabaja en proyectos de la región—. Al considerar insuficiente la respuesta recibida, el abogado presentó una acción de tutela.
El 13 de agosto de 2026, un juez ordenó a la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali responder de fondo el derecho de petición, con un plazo de tres días para entregar documentos, pruebas, precisiones técnicas y contractuales, además de los anexos requeridos. El despacho abrió posteriormente un incidente de desacato, y el Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública de la Alcaldía remitió una respuesta el 4 de septiembre.
Por qué el juez consideró que no fue suficiente
Pese a esa respuesta, el juez Carlos Julio Restrepo Guevara concluyó que los documentos aportados no demostraban el cumplimiento integral de la orden de tutela. "No se observa en los documentales arrimados respuesta de manera clara, puntual y precisa a las peticiones presentadas por el accionante", indicó el auto interlocutorio, que también señaló la falta de constancia de que la respuesta hubiera sido enviada al correo electrónico indicado por el solicitante.
Con este fundamento, el despacho declaró que la Alcaldía Distrital de Santiago de Cali incurrió en desacato de la sentencia de tutela T-411 del 13 de agosto de 2026, e impuso la sanción de cinco días de arresto —que Eder cumpliría en su condición de representante legal de la entidad demandada— y una multa equivalente a $8.754.525 pesos, con base en el salario mínimo de 2026.
La respuesta inmediata de la Alcaldía: "aún no es ejecutable"
Horas después de conocerse la sanción, la Alcaldía de Cali reaccionó y aseguró que la decisión no tiene aplicación inmediata, porque pasó a revisión de un juzgado del circuito. La explicación del Distrito es que la ley le da al alcalde el derecho a que un juez de mayor jerarquía supervise si todo el proceso se realizó correctamente, antes de que la sanción pueda hacerse efectiva.
Es importante subrayar, como precisó Cambio Colombia, que esta orden de arresto no responde al contenido de los convenios con Propacífico ni a una denuncia de corrupción, sino específicamente a la demora y falta de precisión en la respuesta institucional a un derecho de petición.
Ana Catalina Castro, directora Jurídica de la Alcaldía de Cali, sostuvo una interpretación distinta sobre el cumplimiento de la orden: aseguró que la administración sí respondió, y que además indicó al peticionario dónde podía consultar los documentos requeridos. Castro también rechazó que la petición estuviera relacionada con actuaciones de administraciones anteriores a la de Alejandro Eder.
Un segundo fallo, días después, niega el amparo y borra la multa
El panorama cambió apenas cuatro días más tarde. El 21 de septiembre de 2026, un nuevo fallo judicial —dentro de una tutela distinta, también presentada por Montaña Gallego— negó el amparo solicitado por el abogado, y con ello dejó sin efecto la multa de cinco salarios mínimos.
Según ese fallo más reciente, la Alcaldía sí había atendido el derecho de petición sobre los cuatro convenios con Propacífico mediante el SECOP II, la plataforma estatal de contratación pública. Es importante distinguir que esta decisión corresponde a un proceso separado del incidente de desacato que originó la sanción de arresto del 17 de septiembre, por lo que ambas decisiones judiciales —aunque relacionadas con el mismo trasfondo fáctico— siguen su propio curso procesal.
Un antecedente: Eder ya había enfrentado una situación similar
Eder, quien asumió la Alcaldía de Cali en enero de 2024, ya había enfrentado antes una orden de arresto por desacato judicial. En abril de 2025, un juez había ordenado el arresto del propio Eder y de dos funcionarios de su gobierno —el entonces secretario de Movilidad, Gustavo Orozco, y el director del Departamento de Deportes—, en un episodio anterior relacionado con el cumplimiento de otra orden judicial.
Lo que sigue
El caso del incidente de desacato será enviado a los jueces civiles del circuito de Cali, que deberán revisar si confirman, modifican o revocan la sanción de cinco días de arresto impuesta contra el alcalde en primera instancia. Mientras esa revisión no se produzca, y según ha explicado reiteradamente la propia Alcaldía, la sanción permanece suspendida y sin efectos jurídicos definitivos, en un proceso que combina dos decisiones judiciales distintas sobre un mismo trasfondo: la respuesta institucional del Distrito de Cali a una solicitud de información sobre sus convenios con la fundación privada Propacífico.





















